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Proyecto

Proyecto variante de lorica y trámite de sustracción de DRMI del complejo cenagoso del bajo Sinú

La Corporación Autónoma Regional de los Valles del Sinú y del San Jorge – CVS ante recientes pronunciamientos y publicaciones frente al trámite de sustracción del Distrito Regional de Manejo Integrado (DRMI) del Complejo Cenagoso del Bajo Sinú (CCBS) para el proyecto Variante Lorica que actualmente cursa en la entidad, se permite informar lo siguiente:

  1. La solicitud de sustracción definitiva de un área comprendida dentro del DRMI de CCBS, para la construcción de la denominada Variante de Lorica, con permeabilidad del 50%, fue radicada por la Concesión Ruta al Mar S.A.S. el día 06 de mayo de 20
  2. La longitud en ruta de la Variante de Lorica que se encuentra dentro del DRMI del CCBS es de 745 km. Producto de las intervenciones en obras de la Variante de Lorica, se requiere sustraer 21.87 hectáreas del DRMI del CCBS.
  3. ANLA (donde se adelanta trámite de licencia ambiental), seleccionó la denominada  alternativa oriental optimizada para la construcción de la variante de Lorica, con una longitud de 5.8 KM construida adentrándose sobre el CCBS.
  1. En el curso del trámite de sustracción, el representante y apoderado de los cabildos indígenas Zenúes, instauró acción de tutela en contra del Ministerio del Interior – Dirección de Consulta Previa y la Concesión Ruta al Mar, con el fin que se le protejan sus derechos fundamentales a la consulta previa, las cuales fueron realizadas y protocolizadas en fecha 19 de marzo de 2021.
  2. No obstante  lo  anterior,  por  otra  parte,  la  ciudadanía  radicó  ante  el  Tribunal Administrativo de Córdoba acción popular contra ANLA, CVS y otras entidades, por presunta violación a los derechos constitucionales colectivos a  la  moralidad administrativa y al goce de un ambiente sano de los habitantes del municipio de Lorica.
  1. El actor popular solicitó la suspensión de los estudios de impacto ambiental y la cesación de toda obra material o actividad de campo, en aras de prevenir, según lo manifiesta; el daño grave e inminente que representa la construcción de la vía dentro del Complejo Cenagoso del Bajo Sinú.
  2. El Tribunal Administrativo de Córdoba, dentro del proceso de la Acción Popular decretó como medida cautelar, la suspensión de la ejecución de las obras del proyecto vial “Variante Lorica”, sobre los tramos que afectan o comprendan el área del Complejo Cenagoso del Bajo Sinú..
  3. Posteriormente, en fecha 12 de noviembre de 2020, el Tribunal Administrativo de Córdoba profirió sentencia de primera instancia en la acción popular, concediendo el amparo al derecho colectivo al goce de un ambiente sano y la existencia del equilibrio ecológico, y ordenando a ANLA, ANI, CVS y otras entidades, que “se cercioren que el diseño vial a ejecutar sea el que causa el menor impacto ambiental permitido sobre los recursos naturales del ecosistema a intervenir, garantizando la preservación de los componentes señalados en la parte motiva, evitando de ser posible el uso de terraplenes y que se implementen las medidas de manejo, de mitigación y de control requeridas por los impactos ambientales que se generen con la obra (…)”. En dicha sentencia también se indicó que sólo y una vez en firme la providencia, se levanta la medida cautelar decretada consistente en suspensión de obra del proyecto.
  4. A la fecha, dicha sentencia no se encuentra en firme y está pendiente que el Consejo de Estado se pronuncie sobre recursos de apelación interpuestos

Conforme a lo anterior, es de resaltar que, la Corporación reconoce la importancia que el proyecto Variante de Lorica representa no sólo para el Departamento de Córdoba, sino para la región y el país, y por ello, resalta los aportes en el marco del estudio y análisis de la solicitud de sustracción que inclusive ha realizado la ciudadanía, en pro del desarrollo sostenible y el interés general.

No obstante, no puede la CVS desconocer órdenes judiciales que solicitan la revisión de los diseños y el método constructivo a ANLA, ANI y CVS, y lo más esencial, SUSPENDE la construcción de obras del proyecto. Es decir, a la fecha, las obras no podrían adelantarse al estar vigente una decisión del Tribunal Administrativo de Córdoba y es deber de todas las entidades del Estado reconocer y cumplir las órdenes que expidan los despachos judiciales.

Finalmente, recordamos a los alcaldes del departamento de Córdoba interesados en el proyecto, que ellos tienen asiento en la Asamblea General y Consejo Directivo de la Corporación en los cuales pueden manifestar propuestas, preocupaciones e inquietudes, sobre esta u otra temática, lo que permite aunar esfuerzos interinstitucionales en pro del medio ambiente.

Frente a lo anterior, respetuosamente a la entidad le resultan confusas las declaraciones recientes realizadas por parte de la Alcaldía de Lorica, toda vez que, dicho ente territorial tuvo espacio en el Consejo Directivo de la entidad (competente para decidir sobre la sustracción del DRMI) durante la vigencia de 2020 e inicios del 2021; y dentro de este período no manifestó aprobación alguna frente al tema. Por el contrario, en sesión de Consejo Directivo de fecha 2 de julio de 2020, en la cual participó como delegado del Alcalde, su Secretario de Planeación, se aprobó el aplazamiento de la decisión frente a la solicitud de sustracción del DRMI para el proyecto Variante de Lorica.

Así las cosas, agradecemos la información y comunicación asertiva a la ciudadanía sobre todo lo concerniente al proyecto denominado Variante de Lorica.

“CÓRDOBA TERRITORIO SOSTENIBLE”

PROYECTO VARIANTE DE LORICA

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