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Humedal Rodeado De Naturaleza Y Cielo De Nubes

CVS RECUERDA A LA GOBERNACIÓN Y ALCALDIAS LAS OBLIGACIONES QUE LES COMPETEN ANTE LA CONSTRUCCIÓN ILEGAL DE OBRAS ANTRÓPICAS, ESPECÍFICAMENTE EN ZONAS DE HUMEDALES.

El director general de la CVS Orlando Medina Marsiglia, a través de una Circular dirigida al Gobernador de Córdoba, a alcaldes de los municipios del departamento de Córdoba, Policía Nacional e Inspectores de Policía, los conmina al cumplimiento de las acciones y actividades que por competencia les corresponde, en materia de control y suspensión de construcciones ilegales de obras antrópicas, especialmente aquellas localizadas al interior de zonas de humedales o aledañas a ellas, tendientes a identificar responsabilidades y acciones para garantizar el desarrollo, la preservación de los ecosistemas y la recuperación del espacio público.

En la circular les da a conocer la normatividad existente y las competencias que se establece para cada entidad incluida la Corporación, así mismo les solicita ejecutar las siguientes actuaciones:

Realizar seguimiento a las obras antrópicas previamente comunicadas por la CVS, con el ánimo de verificar el cumplimiento de las órdenes impuestas por la entidad, especialmente en cuanto a la suspensión de la construcción de éstas. En el caso de requerir apoyo técnico de la Corporación, pueden comunicarse con la Subdirección de Gestión Ambiental CVS, liderada por el Albeiro Arrieta López, dirigiendo solicitud formal al correo electrónico: cvs@cvs.gov.co.

Coadyuvar en la disposición de maquinaria pesada para destrucción de obras antrópicas identificadas.

Remitir a la Subdirección de Gestión Ambiental de la Corporación Autónoma Regional de los Valles del Sinú y del San Jorge CVS, en cabeza del Subdirector Albeiro Arrieta López, al correo electrónico: cvs@cvs.gov.co, informes periódicos en los cuales se establezca la relación de eventuales nuevas construcciones de obras antrópicas.

Hacer uso de las medidas correctivas consagradas en el Art. 100 de la Ley 1801 de 2016 “Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana”, cuando se presenten los comportamientos contrarios a la preservación de los humedales.

Hacer uso de las demás facultades de policía, con el ánimo de evitar la construcción de obras antrópicas u ocupación del suelo, en este sentido.

Realizar acompañamiento en la ejecución o materialización de medidas preventivas impuestas por la Corporación CVS en virtud de las facultades que otorga la Ley 1333 de 2009 “Por la cual se establece el procedimiento sancionatorio ambiental y se dictan otras disposiciones.

Apoyar en la identificación de los propietarios, poseedores u ocupantes de predios y/o presuntos infractores de la normatividad ambiental, respecto de la construcción ilegal de obras antrópicas.

Colaborar en los trámites de notificación de actos administrativos expedidos por la Corporación, dentro del procedimiento sancionatorio ambiental, en torno a la construcción ilegal de obras antrópicas, a presuntos infractores de la normatividad ambiental, que residen en su territorio.

Finalmente, Medina Marsiglia les reiteró que la intervención de obras antrópicas en cuerpos de agua de origen natural trae consigo graves alteraciones en los ecosistemas, lo cual genera un impacto negativo significativo en el ambiente, considerando que los humedales, ríos, lagos y otros, brindan un hogar, alimento y refugio a cientos de especies animales y vegetales, además aumenta las afectaciones en épocas de lluvia y eleva el riesgo de desastres por la intervención ilegal de las planicies de inundación.

“CÓRDOBA TERRITORIO SOSTENIBLE”

BOLETÍN DE PRENSA CIRCULAR CONTROL OBRAS ANTRÓPICAS

 

 

 

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