Control Social
1. Modalidades de Control Social
La Corporación Autónoma Regional de los Valles del Sinú y del San Jorge – CVS promueve y garantiza el ejercicio del control social como un derecho de los ciudadanos para participar en la vigilancia de la gestión pública, la ejecución de los recursos públicos, el cumplimiento de los planes, programas y proyectos institucionales y la protección de los recursos naturales y el medio ambiente.
Los ciudadanos, organizaciones sociales, comunidades, veedurías ciudadanas y demás grupos de interés podrán ejercer control social a través de las siguientes modalidades:
- Veedurías ciudadanas, constituidas de conformidad con la Ley 850 de 2003, para vigilar la gestión pública y los resultados de la entidad.
- Audiencias públicas ambientales, como espacios de participación para conocer, debatir y formular observaciones sobre proyectos, obras o actividades que puedan generar impactos ambientales.
- Rendición de cuentas, mediante la participación en los espacios que la entidad disponga para informar y dialogar sobre su gestión.
- Participación ciudadana en la formulación de planes, programas, proyectos y políticas ambientales de competencia de la Corporación.
- Presentación de peticiones, quejas, reclamos, sugerencias y denuncias (PQRSD) relacionadas con la gestión institucional y el cumplimiento de las funciones de la entidad.
- Mesas de trabajo, consultas, encuentros comunitarios y demás espacios de diálogo promovidos por la Corporación.
- Denuncias ambientales, como mecanismo para informar hechos que puedan constituir infracciones ambientales o afectaciones a los recursos naturales.
La CVS garantiza el acceso a los mecanismos de participación y control social en cumplimiento de los principios de transparencia, responsabilidad, participación ciudadana y publicidad de la gestión pública, fortaleciendo la gobernanza ambiental y el seguimiento ciudadano a las actuaciones de la entidad
El Control Social es el derecho y el deber de los ciudadanos a participar, de manera individual o a través de sus organizaciones, redes sociales e instituciones, en la vigilancia de la gestión pública y sus resultados para la correcta utilización de los recursos y bienes públicos. (artículos 60, 61 y 63 de la Ley 1757 de 2015).
3. Informes del interventor o el supervisor
4. Directorio de Agremiaciones