PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN EL SUCOP
El Sistema Único de Consulta Pública – SUCOP constituye una herramienta tecnológica diseñada para fortalecer los principios de transparencia, publicidad, participación ciudadana y acceso a la información pública en los procesos de producción normativa adelantados por las entidades de la Rama Ejecutiva del orden nacional y territorial. Este mecanismo tiene como finalidad promover una participación efectiva en la construcción de las decisiones administrativas de carácter general, en concordancia con los principios constitucionales de democracia participativa, transparencia administrativa, publicidad de las actuaciones públicas y colaboración entre las autoridades y la ciudadanía, previstos en la Constitución Política y desarrollados por la normativa vigente en materia de participación ciudadana y mejora regulatoria.
No obstante, la presente sección no resulta aplicable a la Corporación Autónoma Regional de los Valles del Sinú y del San Jorge – CVS, en atención a la naturaleza jurídica especial que le ha sido reconocida por el ordenamiento jurídico colombiano. De conformidad con lo establecido en el artículo 23 de la Ley 99 de 1993, las Corporaciones Autónomas Regionales son entes corporativos de carácter público, dotados de autonomía administrativa y financiera, patrimonio propio y personería jurídica, creados para administrar, dentro del área de su jurisdicción, el medio ambiente y los recursos naturales renovables y propender por su desarrollo sostenible.
En tal sentido, la CVS no forma parte de ninguna de las ramas del poder público y ejerce sus funciones bajo un régimen especial de autonomía reconocido por la Constitución y la ley. Por consiguiente, las disposiciones relacionadas con el SUCOP, dirigidas principalmente a las entidades que integran la Rama Ejecutiva del Poder Público, no le son exigibles en los términos previstos para dichas entidades.
Sin perjuicio de lo anterior, la Corporación garantiza y promueve los mecanismos de participación ciudadana que resulten aplicables conforme a su marco normativo, asegurando el acceso a la información, la publicidad de sus actuaciones y la intervención de los ciudadanos en los asuntos ambientales de interés general, de acuerdo con los principios de transparencia, responsabilidad, participación y gobernanza ambiental que orientan el ejercicio de la función pública ambiental.